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FACTORING AGREEMENT



CONTRATO DE FACTORING - FACTORING AGREEMENT

[Document's City / Ciudad del Documento], el [Document's Date / Fecha del Documento].

REUNIDOS

DE UNA PARTE, [Representante del Factor], mayor de edad, con domicilio en [Domicilio del representante del factor], actuando en nombre y representaci�n de [Nombre del Factor], con domicilio social en [Domicilio del Factor], constituida en [Ciudad de constituci�n del Factor], el d�a [Fecha de Constituci�n], ante el Notario de [Ciudad del Notario del Factor], [Notario del Factor], bajo el n�mero [N�mero del Notario del Factor] de los de su protocolo, en lo sucesivo FACTOR.

Representaci�n que ostenta en virtud de escritura de [Tipo de escritura], otorgada el [Document's Date / Fecha de la Escritura], ante el Notario [Client's Name / Nombre del Cliente] n�mero [Notary's Number / N�mero del Notario] de [Notary's City / Ciudad del Notario].

DE OTRA PARTE, [Representante del Cedente], mayor de edad, con domicilio en [Domicilio del representante del cedente], actuando en nombre y representaci�n de la entidad [Nombre del Cedente], con domicilio social en [Domicilio del Cedente], constituida en [Ciudad de Constituci�n del Cedente], el d�a [Fecha de Constituci�n del Cedente], ante el Notario de [Ciudad del Notario del Cedente], [Notario del Cedente], bajo el n�mero [N�mero del Notario del Cedente] de los de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de [Ciudad del Registro del Cedente], al Tomo [N�mero del Tomo del Cedente], Libro [N�mero del Libro del Cedente], folio [N�mero del Folio del Cedente], Hoja [N�mero de Hoja del Cedente], en lo sucesivo CEDENTE.

Representaci�n que ostenta en virtud de escritura de [Tipo de escritura], otorgada el [Document's Date / Fecha de la Escritura], ante el Notario [Client's Name / Nombre del Cliente] n�mero [Notary's Number / N�mero del Notario] de [Notary's City / Ciudad del Notario].

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente contrato de FACTURACI�N y, a tal fin,


MANIFIESTAN


Que ambas partes han acordado realizar este CONTRATO DE FACTURACI�N (FACTORING), con el objeto principal de llevar a cabo operaciones de gesti�n de cobro de cr�ditos y anticipo de fondos, someti�ndose a las siguientes

CONDICIONES GENERALES

1a. La Sociedad CEDENTE, se obliga a ceder al FACTOR, todos los cr�ditos, con todos sus accesorios, que aqu�lla ostenta frente a sus clientes, en adelante DEUDORES, como consecuencia de las actividades que constituyen su objeto social, consistente en la comercializaci�n de [Descripci�n de comercializaci�n].

2a. La cesi�n comprender� la totalidad de la facturaci�n emitida por la CEDENTE, y se efectuar� mediante la comunicaci�n escrita al FACTOR a la que se acompa�ar�n los documentos negociables correspondientes. Se remitir�n al FACTOR letras, o cualquier documento representativo de los cr�ditos, adjunt�ndose tambi�n las copias de venta, albaranes de entrega o realizaci�n de los trabajos, firmados por el transportista y el comprador.

El CEDENTE est� obligado a incluir en sus facturas de venta, un endoso indicativo de que las correspondientes cuentas se han cedido al FACTOR y s�lo ser�n pagaderas a �ste.

3a. Por el presente contrato, el CEDENTE se obliga a:

a) Someter a la aprobaci�n del FACTOR, todas las operaciones de venta que sus deudores le propongan, y todas aquellas operaciones que puedan alterar y afectar al contenido del este contrato.

b) El CEDENTE responder� frente al FACTOR de la vigencia, legitimidad y validez de todas las cuentas cedidas, declarando que sobre las mismas no existe gravamen alguno, ni problema relacionado con la entrega de la mercanc�a o con la mercanc�a en s�, y que todas las cuentas son de ventas ciertas, en ning�n caso sometidas a condici�n.

c) El CEDENTE otorgar� a favor del FACTOR poder suficiente para cobrar o endosar los talones que el comprador le entregue en pago de los cr�ditos cedidos, adem�s el CEDENTE informar� al FACTOR de cualquier incidencia referente a las cuentas cedidas.

d) No podr� el CEDENTE, m�s que con la previa y expresa autorizaci�n del FACTOR, pactar variaciones en el valor de las cuentas cedidas a �ste.

e) En todo lo que se refiere a las cuentas cedidas y las que se deriven de las reclamaciones por da�os y perjuicios, el CEDENTE asume todas las responsabilidades en caso de incumplimiento de sus deudores.

f) Para la realizaci�n de los cr�ditos, el CEDENTE se obliga a no intervenir en ninguna gesti�n conducente a la satisfacci�n de los mismos, a excepci�n de la asistencia que le solicite el FACTOR, para el ejercicio de sus derechos en litigios, que consistir� en la entrega de toda la documentaci�n que fuera necesaria.

g) Cuando la falta de pago de un cr�dito sea por motivo distinto de la insolvencia del comprador y no sea por causa imputable al FACTOR, el CEDENTE soportar� esta falta de pago, y devolver� al FACTOR las cantidades que hubiere recibido de �l, simult�neamente el FACTOR devolver� al CEDENTE estos cr�ditos.

h) El CEDENTE dar� al FACTOR en concepto de remuneraci�n por sus funciones, el [Porcentage del Cr�dito] por ciento del nominal de los cr�ditos cedidos.


Cuarta. Las obligaciones del FACTOR son:

a) Est� obligado a hacer todo lo necesario para cobrar los cr�ditos que le han sido transmitidos, de conformidad con los usos mercantiles.

b) Aprobar las operaciones que el CEDENTE le proponga, estableciendo l�mites por cada comprador, pudiendo rechazar las ventas que a su juicio que no tengan suficiente garant�a o no re�nan las condiciones adecuadas.

c) Realizar investigaciones sobre la solvencia de los deudores del CEDENTE, cuando fuera necesario. Para ello, el CEDENTE pondr� a su disposici�n los libros, documentos y contabilidad, y a su vez el FACTOR no podr� revelar estos extremos, conforme el sigilo profesional.

d) Abonar� al CEDENTE la diferencia entre el importe de los cr�ditos cedidos y la remuneraci�n acordada como pago a sus gestiones. El abono se realizar� [Form of Payment / Forma de pago] y en [Place for Payment / Lugar de pago].

e) Anticipar al CEDENTE, cuando �ste lo solicite, cantidades en efectivo sobre los cr�ditos en un [Porcentage de los cr�ditos] por ciento. En este caso, el tipo de inter�s aplicable es del [Inter�s aplicable] por ciento y se descontar� de los cr�ditos conforme se transmitan al FACTOR.

f) El FACTOR en un [Porcentage de riesgo] por ciento asumir� el riesgo de insolvencia de los deudores, declarada judicialmente, hasta el l�mite de [L�mite de inter�ss] por ciento, como cantidad m�xima aceptada en la transmisi�n del cr�dito. Esta asunci�n de riesgo, est� sometida a: que el CEDENTE tuviera la aprobaci�n previa del FACTOR para cada cliente, que todo cr�dito transmitido corresponda a una entrega efectiva de las mercanc�as o servicios al comprador por parte del CEDENTE, y que el CEDENTE haya prestado al FACTOR, la asistencia necesaria para ejercitar su derecho en litigio, haci�ndole entrega de los documentos y poderes necesarios.

5a. El presente contrato tendr� una duraci�n de [Contract Duration / Duraci�n del contrato], pero se prorrogar� t�citamente por per�odos iguales hasta que una de las partes comunique a la otra su voluntad de extinguirlo. Pero el CEDENTE no podr� extinguirlo hasta que todas sus obligaciones con el factor sean satisfechas.

Sin embargo, ser�n causas de vencimiento anticipado a voluntad del FACTOR, los supuestos de suspensi�n de pagos, y quiebra del CEDENTE. Extinguido el contrato el CEDENTE devolver� al FACTOR las cantidades que �ste le hubiere anticipado y que est�n pendientes de reembolso.

6a. El incumplimiento por cualquiera de ambas partes de las condiciones pactadas en el presente contrato, dar� derecho a la otra parte para optar entre la resoluci�n del mismo o la exigencia de su cumplimiento, con indemnizaci�n por da�os y perjuicios.

7a. El presente contrato tiene car�cter mercantil y se estar� en su cumplimiento a lo dispuesto en sus Condiciones Generales y en todo lo que no se encuentre en ellas contemplado, por el C�digo de Comercio, leyes especiales, C�digo Civil y usos mercantiles.

8a. Acuerdan las partes resolver cualquier litigio o discrepancia que pudiere surgir de la interpretaci�n o ejecuci�n del presente contrato, por medio [Forma de arbitraje].

Y en prueba de conformidad, firman el presente por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad y fecha arriba indicadas.




Fdo.: [Signer's Name / Nombre del Firmante]
Fdo.: [Signer's Name / Nombre del Firmante]